La suspensión de audiencias penales por parte de algunos magistrados de manera unilateral generó que la Sala de Superintendencia lanzar una comunicación para “recordarles a los jueces que el único que tiene la potestad de suspender y reprogramar audiencias es la Oficina Judicial Penal”.
El ministro de la Corte de Justicia, Daniel Olivares Yapur, firmó la comunicación y explicó que lo hizo luego que “en dos o tres ocasiones es que algunos jueces suspendieron audiencias y nos llegó a nuestro conocimiento es que lanzamos este comunicado para recordar que los magistrados no pueden ni deben entrometerse en la suspensión o reprogramación de audiencias”.
Y recordó que “la resolución es un recordatorio en el que los jueces deben abstenerse de inmiscuirse en las cuestiones jurisdiccionales y esto lo marca el sistema penal acusatorio adversarial. El juez o tribunal, en general, pueden hacer peticiones a la Oficina Judicial Penal por circunstancias normales para realizar reprogramación de audiencias o reasignación de magistrados por licencias o vacancias, y esto está reglamentado en el desde antes de que exista el nuevo sistema”.